Rige la veda electoral por las elecciones Buenos Aires 2025: qué está prohibido y hasta cuándo

Este domingo 7 de septiembre, los bonaerenses irán a las urnas para elegir diputados y senadores provinciales, concejales municipales y consejeros escolares. Desde este viernes rige la veda electoral en la provincia de Buenos Aires. Qué acciones están sancionadas y cómo se aplican las multas.
Provincia05 de septiembre de 2025 Redacción
veda
Elecciones 2025.

La provincia de Buenos Aires elige representantes legislativos este domingo. En esta instancia, se renovarán 46 diputados y 23 senadores provinciales. Además, se elegirán concejales y consejeros escolares. Si bien los comicios estarán habilitados desde las 08.00 hasta las 18.00 horas del domingo. La veda electoral inició este viernes a las 08.00. horas y se extenderá hasta las 21 horas del domingo es decir, tres horas después del cierre de los comicios.

La persona que infrinja la veda electoral puede ser sancionada con multas que oscilan entre 10.000 y 100.000 pesos. La acreditación judicial de la falta es requisito para aplicar la sanción, y la pena específica se determina según el tipo de incumplimiento registrado. Toda persona que viole la veda comete una infracción al Código Electoral y será penalizada si la Justicia confirma la transgresión.

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?

Conforme detalla el Articulo 16 de la Ley 14.086, referida a las Elecciones Primarias, establece que está prohibido emitir cualquier tipo de propaganda televisiva, radial o gráfica, 48 horas antes de la elección. Tampoco se podrán difundir encuestas y sondeos preelectorales en esa misma franja de tiempo. Las proyecciones sobre el resultado del comicio solo se podrán publicar o difundir después de tres horas del cierre del proceso electoral.

En tanto, quienes incurran en violaciones del voto secreto pueden enfrentar penas de hasta tres años de prisión. Aquellas personas que promuevan el voto o incentiven la abstención se exponen a sanciones que van desde dos meses hasta dos años de cárcel.

Además, la normativa prohíbe la realización de espectáculos masivos, tanto en espacios abiertos como cerrados, así como eventos teatrales, deportivos y cualquier tipo de reunión pública no vinculada al proceso electoral.

Por otra parte, el Artículo 134 de la Ley Electoral determina que “serán penados con arresto de uno (1) a seis (6) meses” a quienes expendan bebidas alcohólicas el día de la elección. Por ende, tanto los boliches como bares no deberán abrir sus puertas desde el domingo a medianoche hasta la finalización de la jornada. La restricción sobre la venta de bebidas alcohólicas comenzará a aplicarse a las 20 horas del sábado.

Cuándo termina la veda:

La veda electoral en la Provincia de Buenos Aires culminará a las 21 del domingo, luego de tres horas terminada la elección legislativa. En caso de romper la veda electoral, la Ley Electoral bonaerense detalla que “se aplicará multa que se fijará entre diez (10) y sesenta (60) haberes mensuales mínimos de la Administración Pública Provincial a los partidos políticos, federaciones, alianzas transitorias o agrupaciones municipales que incumplan los plazos establecidos para el comienzo o la finalización de la campaña electoral en las elecciones primarias”.

Del mismo modo, la multa se aplicará a quien difunda propaganda política, encuestas o sondeos preelectorales o proyecciones sobre el resultado de la elección fuera de los plazos establecidos en la normativa vigente.

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